Sentencia de unificación — REVISIÓN EVENTUAL DE LA ACCIÓN POPULAR
Consejo de Estado · Sentencia CE/SU/20001333100120070004201
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| Corporación | Consejo de Estado |
|---|---|
| Referencia | CE/SU/20001333100120070004201 |
| Expediente | 20001333100120070004201 |
| Sala | Sala especial de decisión |
| Magistrado ponente | Efraim Alberto Montaña Plata |
| Partes | CARLOS ALBERTO CESPEDES MARTINEZ contra FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECUARIO FINAGRO Y OTROS |
Temas que titula la corporación
- Revisión eventual de la acción popular
- Protección de los derechos colectivos
- Medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos
- Acción popular
- Moralidad administrativa
- Defensa del patrimonio público
- Derecho de defensa del patrimonio público
- Protección del derecho de defensa del patrimonio público
- Violación del derecho de defensa del patrimonio público
- Efectividad de la garantía bancaria
- Contrato de fiducia comercial
Fuente: Consejo de Estado, relatoría oficial. Documento original: www.consejodeestado.gov.co/decisiones_u. Copia alojada en este servidor para consulta, verificada el 3 de octubre de 2026. Es informativa: el texto que vale es el que publica la corporación.
Qué resolvió, en corto
Temas que titula el Consejo de Estado: REVISIÓN EVENTUAL DE LA ACCIÓN POPULAR / PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS COLECTIVOS / MEDIO DE CONTROL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS / ACCIÓN POPULAR / MORALIDAD ADMINISTRATIVA / DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO / DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO / PROTECCIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO Problema jurídico: ¿La vulneración de los derechos colectivos al patrimonio público y a la moralidad administrativa debe ser analizada de manera independiente por parteProblema jurídico: ¿La vulneración de los derechos colectivos al patrimonio público y a la moralidad administrativa debe ser analizada de manera independiente por parte del juez de la acción popular? Respuesta al problema jurídico: Si [L]a relación de conexidad que existe entre los derechos e intereses colectivos a la moralidad administrativa y la defensa de
Documento
Ficha oficial y regla unificada
Lo que publicamos es la ficha oficial del Consejo de Estado (buscador SAMAI): los temas con que la corporación titula la providencia, el problema jurídico y la regla que se unifica. El texto íntegro lo entrega el buscador oficial, con el número de radicado 20001333100120070004201. buscar esta providencia en el Consejo de Estado.
Ver la ficha oficial (6 mil caracteres)
Temas que titula el Consejo de Estado: REVISIÓN EVENTUAL DE LA ACCIÓN POPULAR / PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS COLECTIVOS / MEDIO DE CONTROL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS / ACCIÓN POPULAR / MORALIDAD ADMINISTRATIVA / DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO / DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO / PROTECCIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO Problema jurídico: ¿La vulneración de los derechos colectivos al patrimonio público y a la moralidad administrativa debe ser analizada de manera independiente por parte
Problema jurídico: ¿La vulneración de los derechos colectivos al patrimonio público y a la moralidad administrativa debe ser analizada de manera independiente por parte del juez de la acción popular? Respuesta al problema jurídico: Si [L]a relación de conexidad que existe entre los derechos e intereses colectivos a la moralidad administrativa y la defensa del patrimonio público, en modo alguno significa que deban analizarse de manera conjunta, como si se tratara de derechos interdependientes. Tampoco quiere decir dicha conexidad que, si en un caso no se encuentra vulnerado el derecho e interés colectivo a la moralidad administrativa, ello releva al juez de analizar la vulneración que existe, o no, del derecho e interés colectivo a la defensa del patrimonio público, como lo interpretó e hizo el Tribunal en la Sentencia que se revisa. En otras palabras, la conexidad que se ha reconocido entre moralidad administrativa y defensa del patrimonio público no implica que el juez no deba hacer un estudio independiente de cada uno de estos derechos e intereses colectivos en cada caso. NOTA DE RELATORÍA: Sobre la independencia de los derechos e intereses colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, ver: Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia de 29 de enero de 2009, exp. 2003-00013-01 (AP). FUENTE FORMAL: LEY 472 DE 1998 MEDIO DE CONTROL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS / PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS COLECTIVOS / DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO / PROTECCIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO / VIOLACIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO
Decisión y regla unificada: PRIMERO: UNIFICAR la Jurisprudencia a propósito de la relación que existe entre la moralidad administrativa y el patrimonio público, para precisar que, pese a la conexidad, la vulneración de los derechos colectivos al patrimonio público y a la moralidad administrativa se debe analizar de manera independiente. SEGUNDO: REVOCAR la sentencia de 2 de abril de 2009, proferida por el Tribunal Administrativo de Cesar, por medio de la cual resolvió en segunda instancia la acción de la referencia, por ser contraria a la Jurisprudencia del Consejo de Estado. En consecuencia, el fallo quedará así: . Documento firmado electrónicamente por:EFRAIM ALBERTO MONTAÑA PLATA, MILTON FERNANDO CHAVES GARCIA(con salvamento parcial de voto), NUBIA MARGOTH PEÑA GARZON, RAFAEL FRANCISCO SUAREZ VARGAS, ROCIO MERCEDES ARAUJO OÑATE fecha firma:Jul 6 2022 12:10PM Descripción Documento Providencia del: martes, 31 de mayo de 2022 Tipo: Unificación - Sentencia Cuaderno: Apelación sentencia Estado: público Firma Firmante/ responsable de carga Estado Manifestación MILTON CHAVES GARCIA Firmado en SAMAI (29/06/2022) Con Salvamento Parcial de Voto RAFAEL FRANCISCO SUÁREZ VARGAS Firmado en SAMAI (06/07/2022) Sin Manifestación NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Firmado en SAMAI (30/06/2022) Sin Manifestación ALBERTO MONTAÑA PLATA Firmado en SAMAI (29/06/2022) Sin Manifestación ROCÍO ARAÚJO OÑATE Firmado en SAMAI (29/06/2022) Sin Manifestación Titulación REVISIÓN EVENTUAL DE LA ACCIÓN POPULAR / PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS COLECTIVOS / MEDIO DE CONTROL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS / ACCIÓN POPULAR / MORALIDAD ADMINISTRATIVA / DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO / DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO / PROTECCIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO Problema jurídico: ¿La vulneración de los derechos colectivos al patrimonio público y a la moralidad administrativa debe ser analizada de manera independiente por parte del juez de la acción popular? Respuesta al problema jurídico: Si [L]a relación de conexidad que existe entre los derechos e intereses colectivos a la moralidad administrativa y la defensa del patrimonio público, en modo alguno significa que deban analizarse de manera conjunta, como si se tratara de derechos interdependientes. Tampoco quiere decir dicha conexidad que, si en un caso no se encuentra vulnerado el derecho e interés colectivo a la moralidad administrativa, ello releva al juez de analizar la vulneración que existe, o no, del derecho e interés colect
Normas: LEY 472 DE 1998 MEDIO DE CONTROL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS / PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS COLECTIVOS / DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO / PROTECCIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO / VIOLACIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO OBITER DICTUM Esta Corporación ha sostenido que el patrimonio público está integrado por el conjunto de derechos, materiales e inmateriales, de los cuales es titular el Estado. También forman parte de este, los derechos que pertenecen a la colectividad y cuya titularidad no se encuentra necesariamente en el Estado. (…) Adicionalmente, el Consejo de Estado ha precisado que el patrimonio público en sí mismo considerado no constituye el derecho e interés colectivo, sino que lo es su defensa. Razón por la cual, no solo su desmedro permite su protección mediante acción popular, sino también conductas, acciones
