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T/691/1320 de diciembre de 1993
Contrato sin la autorización previa del Ministerio de Trabajo cuanto fue despedido debido a su discapacidad sin previa autorización del comprueba que el empleador (a) despidió a un trabajador que se encuentra en
Despido y terminación del contratoEstabilidad laboral reforzadaFuero de salud
T/910/1120 de diciembre de 1993
Jurisprudencia constitucional ha admitido que es procedente la acción de tutela para proteger derechos laborales, como es el caso del reintegro de las personas en estado de debilidad manifiesta o de aquellas que, por mandato
Estabilidad laboral reforzadaFuero de salud
T/093/0720 de diciembre de 1993
Las personas que por circunstancias relacionadas con su condición económica, física o mental se encuentren en situación de debilidad manifiesta. Debe asimismo sancionar los abusos y maltratos que se cometan en contra de estas
M.P. Humberto Antonio Sierra Porto
Fuero de saludPensiónPrestaciones sociales
T/317/1720 de diciembre de 1993
Fundamentales de las personas en situación de debilidad y evitar que los trabajadores despedidos bajo estas circunstancias deban adelantar un proceso que no sea idóneo o eficaz para la protección de sus derechos fundamentales, la
M.P. Antonio José Lizarazo Ocampo
Despido y terminación del contratoEstabilidad laboral reforzadaFuero de salud
T/192/123 de noviembre de 1993
Corporación en varios pronunciamientos ha señalado la especial protección, conforme a la garantía que consagran los artículos 13, 47, 53 y 54 de la norma superior, de que son sujetos las personas que sufren algún tipo de discapacidad
Acoso laboralDespido y terminación del contratoEstabilidad laboral reforzada
T/600/0727 de octubre de 1993
Acuerdo con las facultades conferidas al juez de tutela por el decreto 2591 de 1991, es la suspensión del pago de su pensión gracia, sin que se encuentre probado que goza de una pensión de aquellas consagradas en el régimen general
M.P. Jaime Córdoba Triviño
Debido proceso disciplinarioPensiónSeguridad social y cotizaciones
T/297/1922 de octubre de 1993
Interpuesta por Clara Luz Gutiérrez Guzmán contra la E.S.E. Hospital San Vicente de Paul del municipio de Santuario (Risaralda) y otros. Constitucional, integrada por la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado y los
M.P. Alejandro Linares
Debido proceso disciplinarioPensiónPrestaciones sociales
T/145/1115 de septiembre de 1993
Asunto se trate de un caso de temeridad, toda vez que la expedición de la resolución sí constituye un hecho nuevo que justifica la intervención del juez de tutela. Adicionalmente, se evidencia que no existe identidad en las
M.P. Mauricio Gonzalez Cuervo
PensiónSeguridad social y cotizaciones
T/320/1726 de agosto de 1993
Conformidad con lo previsto en los artículos 86 de la Constitución Política y 42 del Decreto 2591 de 1991, la acción de tutela se puede promover contra todas las autoridades públicas y, también, contra los particulares que estén
M.P. Luis Guillermo Guerrero Pérez
Despido y terminación del contratoFuero de saludPensión
T/1079/0620 de agosto de 1993
Protección de derechos fundamentales por despido sin previa calificación judicial/ del trámite de la acción de reintegro que lleva a considerar que el estricto sentido el juez laboral que conozca de dicha demanda, deberá fallar la acción
M.P. Jaime Araújo Rentería
Debido proceso disciplinarioDespido y terminación del contratoEstabilidad laboral reforzada
T/048/1312 de agosto de 1993
Juez puede avocar el conocimiento de la acción de tutela para su estudio, cuando, a partir de los hechos probados, pueda evidenciar un evento que amenaza o viola en forma irremediable y grave los derechos del trabajador o de su
M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
Acoso laboral
T/407/1115 de junio de 1993
Económico como elemento integrante de salarios a trabajadores antiguos/ controversia jurídica suscitada entre las partes, debe ser analizada por el juez de la jurisdicción ordinaria laboral, y no por un juez de tutela, toda vez
Igualdad y no discriminaciónPrestaciones socialesSalario y jornada