Sentencias completas sobre Pensión, alojadas en este servidor y
consultables directamente aquí. Cada documento lleva el enlace a la fuente oficial y la fecha de verificación.
⚠ Aviso legal: todo el material de este portal se publica con fines informativos y de consulta pública. No constituye asesoría, concepto ni representación legal, y no crea relación abogado-cliente con el portal. Cada dato lleva su fuente oficial enlazada; para un caso concreto consulta a un abogado de tu confianza.
T/729/1426 de septiembre de 2014
Posibilidad de acumular tiempo de servicio a entidades estatales y cotizaciones al ISS para reunir el número de semanas necesarias para tener 1993, han existido normas que regulan la posibilidad de acumular el tiempo de
M.P. Luis Guillermo Guerrero Pérez
Debido proceso disciplinarioPensiónSeguridad social y cotizaciones
T/123/1623 de septiembre de 2014
Casos en que los trabajadores fueron despedidos sin que se iniciara la Sala Plena de la Corte Constitucional unificó los criterios de procedencia formal y material que deben tener en cuenta los jueces al resolver posibles
Exp. T-4873744 · M.P. Luis Ernesto Vargas Silva
Libertad sindicalPensión
T/182/1523 de septiembre de 2014
Derechos de personas afectadas por una disminución en su capacidad laboral, a quienes les han negado el reconocimiento a la pensión y carecen de otra alternativa de subsistencia, aunque existan otros medios judiciales para la defensa del
M.P. Martha Victoria Sáchica Méndez
PensiónPrestaciones socialesSeguridad social y cotizaciones
T/304/1522 de septiembre de 2014
En que se solicitó reconocimiento de pensión de invalidez pero en virtud de la facultad oficiosa del juez de fallar ultra o extra petita, se reconoce pensión proferir fallos extra y ultra petita, cuando de los hechos de la demanda se
M.P. Mauricio González Cuervo
Igualdad y no discriminaciónPensiónSeguridad social y cotizaciones
T/488/1518 de septiembre de 2014
Integrada por los Magistrados Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, Alberto Rojas Ríos y Jorge Iván Palacio Palacio, quien la preside, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la presente:
Igualdad y no discriminaciónPensiónSalario y jornada
T/330/1515 de septiembre de 2014
Un instituto jurídico de naturaleza dual, esto es, que tiene la condición tanto de derecho fundamental, como de servicio público esencial bajo la dirección, garantiza a las personas el ejercicio de sus derechos subjetivos fundamentales
M.P. Alberto Rojas Ríos
PensiónSeguridad social y cotizaciones
T/704/1415 de septiembre de 2014
Mecanismo “preferente y sumario” para la protección de los derechos fundamentales de las personas en Colombia. La tutela solamente procede cuando “el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial”. En este sentido, se
M.P. Gloria Stella
Debido proceso disciplinarioPensión
T/690/1411 de septiembre de 2014
Producto del carácter subsidiario de la acción de tutela, resulta necesario concluir que, por regla general, ésta solo es procedente cuando el individuo que la invoca no cuenta con ningún otro medio de defensa a través del cual
M.P. Luís Guillermo Guerrero
Despido y terminación del contratoIgualdad y no discriminaciónPensión
T/617/163 de septiembre de 2014
Cuando medio judicial no resulte idóneo o para evitar perjuicio recaer sobre el trabajador las consecuencias negativas que se puedan derivar de mora u omisión del empleador en el pago de los aportes al sistema de seguridad
M.P. Luis Guillermo Guerrero Pérez
PensiónPrestaciones socialesSeguridad social y cotizaciones
T/005/202 de septiembre de 2014
Excepcional por afectación al mínimo vital y vida digna de sujetos de especial La acción de tutela es el medio principal de defensa judicial de los derechos invocados. No existe en el ordenamiento jurídico otro mecanismo
M.P. Diana Fajardo Rivera
PensiónSeguridad social y cotizaciones
T/628/142 de septiembre de 2014
Son de obligatorio cumplimiento y en ellos se reconocen derechos a favor de las personas, la Corte ha reconocido que en los eventos en que se niegue el cumplimiento de dichos pronunciamientos, procede la acción de tutela como
Debido proceso disciplinarioPensiónSeguridad social y cotizaciones
T/250/181 de septiembre de 2014
Tutela no procede para resolver controversias que sean de conocimiento de la jurisdicción ordinaria, como por ejemplo, los asuntos relacionados con el reconocimiento de prestaciones pensionales. Sin embargo, y de acuerdo con el
M.P. Alberto Rojas Ríos
Fuero de saludIgualdad y no discriminaciónPensión